miércoles, 3 de octubre de 2012

Carroñeros a la caza de parados

¿Cómo es posible que una familia con todos sus miembros parados no acepten una oferta de trabajo como esta?

Oido en una llamada a Radio 5. Un pobre empleador no consigue trabajadores y no puede desarrollar su empresa

El empresario llama indignado y desesperado porque realiza unas 20 entrevistas diarias a posibles empleados y ni uno acepta el trabajo. "yo, en su situación me agarraría a un clavo ardiendo...!" se lamenta perplejo.
El locutor, por su parte no da crédito, y parece que quiera desvelar el misterio....lanza algunas preguntas para intentar entender el problema del chollo que le describe el empresario.
En un destello de lucidez le pregunta, ...¿Pero qué tipo de contrato les ofrece?
Balbuceante el empresario indica que él garantiza que el primer mes ganarán 800€, así como el segundo, pero el tercer mes les pagará 2.000€, cada tres meses les pagará 2.000€.
El locutor, evidentemente sigue sin entender el problema, hasta que como dicho en subtítulos el empresario dice veladamente que en principio las ofrece un contrato mercantil....
El locutor parece no haber "pillado" este matiz, y el empresario dá rienda suelta a su frustración y se lamenta de que en una familia con todos sus miembros desempleados, en la que alguno o algunos de sus miembros están cobrando los 400€ de ayuda, no acepten su oferta. Si el Gobierno eliminara esta ayuda, entonces no tendrian más remedio que aceptar..... Están muy agusto cobrando sin trabajar...!!¿¿¿????!!!!!!...... (me reservo las palabras que se me escaparon al oir esto...).

"Si es que, así, el Gobierno no fomenta el empleo...!!!!"

Parece que esta es una visión que está calando en el tejido empresarial convertido a las nuevas corrientes neoliberales....

Quiero pensar que este pseudo-empresario no sabía lo que estaba diciendo, lo que da una idea de la poca preparación de algunos empresarios, porque si pienso que sí sabe lo que está diciendo, no tengo calificativos suficientes para describirlo.

Lo que este personaje no dice, es que no está ofreciendo trabajo, sino que quiere que otras personas le vendan sus productos de forma gratuita para él, y lo que les dá es una comisión de las ganancias que le reportaría el trabajo de estas personas, y para él ni gastos ni obligaciones ni nada de nada, sólo tanto me has vendido, tanto te doy.

Eso es un contrato mercantil.

Es un negocio, el que trabaja para él debe montarse una empresa, pagarse el autónomo, darse de alta, pagar IVA, retenciones etc. y todas las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social que tiene una empresa.
Si al empresario que contrata deja de interesarle, no tiene obligaciones, de hoy para mañana le dice al "falso autónomo(*ver al final de este artículo)" que deja de trabajar para él, y éste no tiene derecho a nada, ni paro, ni indemnización, ni 15 días de antelación de notificación de despido, etc.etc.etc. es decir, como en el siglo XIX funcionaban las cosas entre los patronos y los braceros.

Es decir que si el primer mes el "empleado" gana 800€ es porque él ha ganado como mínimo la misma cantidad, sin hacer la mínima inversión ni riesgo alguno por su parte. Por otro lado, no dice si los 800€ son brutos o limpios, ya que me temo que de esos 800€ (no garantizados más que verbalmente) hay que descontar mínimo 250€ para autónomos, 120€ de retención de IRPF que se queda el empresario para ingresar a hacienda por cuenta del "trabajador", más los gastos que otro tipo de contrato cubre (dietas, kilometraje, etc,etc.). Con lo que al final son poco más de 400€, trabajando todo el día para consegir los Objetivos marcados por Er zeñorito.
Y por su puesto las gestiones de alta que se requieran son por cuenta y riesgo del "trabajador".

Todo un chollo......pero para el "pseudo-empresario/listillo/trilero"

Lamentablemente esta práctica no es ilegal, todos hemos visto a chavales trajeados ir de casa en casa para captar clientes para empresas de telefonía, energéticas, etc. Y están en estas condiciones. Les dan hasta carnets de las empresas patrocinadoras, para engañar a los clientes de que son de Telefónica, ONO, Endesa, Hiberdrola...etc.etc.etc. Pero son pobres pardillos que se tienen que pagar todos los gastos (desplazamientos, comidas, el mismo traje...) para garan unos eurillos por cada cliente que captan. (las empresas que les hacen el contrato hablan de Objetivos, en un alarde de palabros técnicos para dar imagen de profesionalidad). Lo que no saben los pobres es que como les vaya bien y capten muchos clientes, tienen un problema con Hacienda, y con la Seguridad Social. La ventaja es que en un par de meses ven que no ganan nada, lo dejan..., y el fraude no llega a ser delito, por lo que es posible que hacienda y la seguridad social no hagan nada.....posiblemente.

La perversión de un sistema bueno en su concepción

Este tipo de contratos están muy bien para personas que quieren desarrollar su negocio, ya que les permite contratar sus servicios para multiples empresas sin más condicionantes que las que pacten con dichas empresas, por ejemplo para corredores de seguros que tienen una cartera de clientes y amplian su negocio con otras compañías.
El problema es cuando esto se disfraza de trabajo, porque no lo es. Es un negocio, que no está exento de riesgos y gastos. El que es consiciente de esto es un mecanismo que le puede llevar a ganancias sin atarse con una empresa, pero el que cree que es un trabajo, se puede meter en un pozo del que al salir le puede acarrear no pocos disgustos.

Debería estar penado por fraude disfrazar estas ofertas como ofertas de trabajo (de hecho creo que lo está), y también el ofrecerlas sin explicar claramente lo que implica para el que las acepta.


(*)Falsos autónomos (Artículo obtenido de http://www.contratomercantil.es/)

Contrato mercantil laboral

Uno de los fraudes más al uso en España es el del falso autónomo. Ser falso autónomo implica que realmente eres empleado por cuenta ajena de la empresa. La empresa obliga al trabajador a darse de alta como autónomo. En este tipo de relación laboral el trabajador cobra en función de las facturas emitidas a la empresa.
Se es falso autónomo cuando existe una relación laboral y cuando es así se es un empleado por cuenta ajena, la relación laboral existe cuando: existe voluntariedad, cuando se trabaja a cambio de pago, cuando existe dependencia, es decir, cuando se trabaja bajo la dirección y control de la empresa o se incluye al trabajador en la organización de la empresa o la mera subordinación del trabajador al empresario. También cuando existe ajenidad, ya sea en los frutos del trabajo o los riesgos (la empresa se queda con los beneficios, corre con los gastos y asume las pérdidas)

Este contrato mercantil laboral como falso autónomo beneficia a la empresa porque:
-Se ahorran la cotización a la Seguridad Social por su salario, aproximadamente un 30%
-No pagan absolutamente nada por sus bajas.
-No tiene vacaciones, no está obligada apagar el salario mínimo del convenio al que pertenezca, no tiene indemnizaciones, ni preavisos, ni causas de despido.
-No tiene permisos de lactancia, ni maternidad

Una demanda del trabajador contra la empresa se resolvería en el ámbito civil, mucho menos beneficioso para el trabajador que el laboral.

Además de los beneficios para la empresa que a su vez son inconvenientes para el trabajador existen algunos más tales como que si la empresa cierra el trabajador se queda en la calle sin indemnización y sin paro. Estando de baja se cobra un porcentaje de la base de cotización que siendo autónomo está entre el 60% y el 75% mientras que un trabajador por cuenta ajena llega hasta el 100%. Lo mismo pasa en el caso de tener un problema de salud o en la jubilación, la pensión que queda es inferior a la del empleado.

Si está usted en este caso lo mejor que puede hacer es demandar a la empresa, teniendo en cuenta que no es necesario demandar antes de irse o que le echen, se puede demandar durante los 20 días hábiles después.
Para poder demandar es necesario recoger pruebas de indicio de pagos, dependencia, ajenidad y tus funciones en la empresa.
También se pueden grabar las conversaciones con tus superiores, esto es perfectamente legal siempre que participe uno mismo y no sean temas privados. A su vez también son pruebas las cartas o emails.


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